Leyes hechas con consejo
El acceso a la legislación hecha por la
Corona sin pasar por las Cortes tropieza con el problema de la falta de
registros en los que se recogieran este tipo de normas de forma
continuada y sistemática. Tampoco es habitual que se conserven
los archivos de las instituciones de gobierno en los que, a juzgar por
las frecuentes referencias, se depositaban los originales de
aquéllas. La carencia de estas fuentes obliga a consultar
colecciones y piezas sueltas sin tener nunca la certeza de conocer la
totalidad de la obra legislativa.
Entre las diversas fuentes que recogen legislación hecha
con consejo, podemos distinguir:
- Registros en la corte, aunque los hasta ahora vaciados son
limitados en el tiempo y el contenido.
- De forma totalmente aleatoria se hicieron índices de
colecciones de documentos relativos a una materia o depositados en un
archivo.
- Para el uso interno de las autoridades se hicieron colecciones
facticias de documentos, siempre limitadas a unos años o
materias.
- Un capítulo especial es el de las leyes y ordenanzas
para establecer instituciones -como audiencias o municipios- y
determinar su forma de actuar.
- De las colecciones de documentos legislativos sólo
recogemos las compilaciones, cualquiera que sea el título que
lleven; en fases posteriores del proyecto acudiremos a las
recopilaciones para la legislación de la que no se encuentran
originales.
- Se hicieron algunos intentos para utilizar la prensa
periódica como mecanismo de comunicación de las leyes.
- Pero, con todo, el mayor número de leyes se encuentra
en manuscritos o impresos singulares. Algunos de ellos han sido luego
editados por historiadores en los apéndices documentales de sus
obras, o en colecciones de documentos de un reinado o un tema.