España. Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo
Apuntes biográficos/históricosEl artículo 12 de la Ley de represión de la masonería y el comunismo, de 1 de marzo de 1940 (B.O.E. n 62, de 2 de marzo), establece su creación y composición: un presidente, un general del Ejército, un jerarca de Falange y dos letrados, todos ellos nombrados por el Jefe del Estado. Su primer presidente fue Marcelino de Ulibarri (Decreto de 4 de junio de 1940), poniendo de esta forma en íntima conexión el tribunal con el organismo que habría de facilitarle la información para juzgar a las personas: Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos. Esta ligazón queda de manifiesto con la creación en Salamanca de una oficina provisional del tribunal que funcionó en la Sección Especial, aunque independiente de ella. Allí se creó un archivo de expedientes personales, que posteriormente pasó a depender del responsable de la Delegación Nacional de Servicios Documentales, quien continuamente le enviará informes para abrir los correspondientes expedientes judiciales. Se trata de una jurisdicción especial, bajo la dependencia de la Presidencia del Gobierno, que juzgaba los delitos tipificados por la ley (masonería y comunismo). Por decreto de 31 de marzo de 1941 cesa como Presidente Marcelino de Ulibarri pasando a desempeñar el puesto de vocal-ponente, y es sustituído por don Andrés Saliquet Zumeta. En 1941 comenzó el funcionamiento efectivo del tribunal centrándose sus dos juzgados en atender al delito de masonería. No será hasta 1942 cuando se constituya un tercer juzgado que inicie los procesos por comunismo. En 1963 se suprime el tribunal y se forma una Comisión Liquidadora del mismo que funciona hasta 1971.