Formulario para BUSCAR dentro del Ministerio de Cultura

Propiedad Intelectual

Solicitudes de inscripción

Requisitos de las solicitudes en supuestos especiales presentadas en el Registro Central.

Obras compuestas y derivadas

En los supuestos de obras compuestas (obra nueva que incorpora otra obra preexistente sin la colaboración del autor de esta última) y obras derivadas (obra creada mediante la transformación de una obra de otro autor), se hará constar el nombre y apellidos del autor o coautores de la obra preexistente y se aportará su autorización, que puede otorgarse en documento público o en documento privado, con firma legitimada por notario o por funcionario público del Registro.

Obras colectivas

En las obras que, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Propiedad Intelectual, tienen consideración de obras colectivas, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Nombre y apellidos o denominación de la persona natural o jurídica, bajo cuya iniciativa y coordinación ha sido creada, editada y divulgada.
  • Acta de manifestación de la misma persona en la que declare que la obra cuya inscripción de derechos se solicita tiene el carácter de colectiva.
  • En el caso de que se identifiquen en la obra editada a las personas que hayan creado la obra como autores, se hará constar su nombre y apellidos y su D.N.I., y sus respectivas contribuciones, si aparecen identificadas en la obra.
  • Certificado de constitución del Depósito Legal (Modelo M-5).
  • Ejemplar de la obra ya editado, tal y como ha sido puesta a disposición del público.
  • En los casos en que el titular sea una persona jurídica, acreditación de la personalidad mediante la aportación de copia compulsada de la escritura de constitución y del poder del representante legal de la misma.

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