Servicios al ciudadano Cine y Audiovisuales
| Nombre del Procedimiento: | Coproducciones Internacionales |
|---|---|
| Objeto: | Aprobación de proyectos de coproducción de películas a realizar entre empresas españolas y extranjeras. Comprobar que el proyecto de película en coproducción propuesto por el productor español reúne los requisitos para obtener la nacionalidad española. |
| Normativa: | - LEY 55/2007 , de 28 de diciembre, del Cine (BOE 29-12-2007). - REAL DECRETO 2062/2008 de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de didiembre, del Cine (BOE 12/01/2009). - ORDEN CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento de coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las base reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE 24/10/2009). - Convenios Internacionales Bilaterales o multilaterales. |
| Solicitantes: | Empresas productoras inscritas en la Sección Primera del Registro de Empresas del ICAA. |
| Forma de iniciación: | A solicitud de interesado. |
| Plazo de inicio: | No hay plazo. |
| Lugar de presentación: | En el Registro electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura. En el Registro General de Ministerio de Cultura o en los indicados en el Art.38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
| Órgano que resuelve: | Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales u organismo competente de la Comunidad Autónoma. |
| Plazo de resolución: | 3 Meses. |
| Recursos: | Contencioso-Administrativo y Reposición. |
La aprobación del proyecto de coproducción deberá solicitarse antes del rodaje de la película.
© Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




